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Presentan PAN, PRD y MC acción de inconstitucionalidad para dar la mayor publicidad a declaración 3de3 de servidores públicos

Con la firma de 200 diputados federales, los Grupos Parlamentarios de los partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano presentaron una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al artículo 29 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, relativa a la declaración patrimonial, de interés y fiscal (Ley 3de3) de los servidores públicos.

Así lo expusieron en conferencia de prensa conjunta los coordinadores parlamentarios Marko Cortés Mendoza, Francisco Martínez Neri y Clemente Castañeda Hoeflich, al asegurar que con este recurso de inconstitucionalidad, se buscará abrir nuevamente la discusión sobre los alcances del acceso a la información pública, pero en mayor medida, la pertinencia de la máxima publicidad de dichas declaraciones como mecanismo para prevenir y combatir la corrupción.

La acción de inconstitucionalidad que se presentó el día de ayer ante la SCJN responde a un mecanismo eficaz en el manejo eficiente y honesto en el ejercicio de los recursos públicos y, en general, para la adecuada rendición de cuentas de los servidores públicos, coincidieron.

Los diputados federales consideran que, de acuerdo a como quedó publicado el decreto presidencial, al Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción no se le puede delegar los derechos humanos primarios reconocidos en la Constitución, como son de máxima publicidad para el acceso a la información pública, la protección de la vida privada y la protección de los datos personales.

“Es importante advertir que el objetivo de este planteamiento no es el demeritar las atribuciones del Comité, pero servirá, en todo caso, para clarificar el alcance de sus determinaciones, que inclusive puede ayudar para consolidarlo como una instancia constitucional fuerte”, precisaron en la conferencia de prensa

Cabe recordar que el Presidente de la República, publicó en el Diario Oficial de la Federación el 18 de Julio del año en curso, el decreto por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, sin embargo, de conformidad con el artículo 105 Constitucional, la acción de inconstitucionalidad puede interponerse por el 33 por ciento de los integrantes de cualquiera de las Cámaras, debiendo presentarse dentro de 30 días naturales siguientes al de su publicación en el DOF, por lo que la fecha de término para su presentación sería el 17 de agosto.

De acuerdo al texto del recurso legal, a como están publicadas las leyes del SNA, podría resultar inconstitucional sancionar a un servidor público que se abstenga de observar el contenido de los formatos o incluso si quiera de presentar sus declaraciones, bajo la premisa de que el Comité Coordinador de dicho sistema no es una autoridad formal y material con facultades para reglamentar su contenido, máxime que desde la Constitución se estableció que ello debía quedar establecido en la Ley.

“En un hecho histórico respecto del combate a la corrupción en nuestro país, seguimos trabajando en conjunto PAN. PRD y Movimiento Ciudadano y hemos hecho este esfuerzo para que sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la que revise si es contra la Constitución, la legislación que aprobó el PRI, el Verde, Encuentro Social y Nueva Alianza”, finalizaron.