GPPAN vota a favor de frenar abusos de compañías telefónicas
Ciudad de México.- La Cámara de Diputados aprobó reformar el artículo 191 de la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
“Lo que hoy nos toca es dar un paso importante para establecer en la legislación este instrumento para que el usuario, sin costo alguno, pueda fijar el límite máximo de consumos”: Dip. Verónica Agundis Estrada.
Con el voto a favor del Partido Acción Nacional, la Cámara de Diputados aprobó la iniciativa que reforma el artículo 191 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para acabar con los abusos en cobros excesivos de las compañías de telefonía celular en contra de los usuarios que contratan servicios de pospago o plan tarifario.
Al posicionar en nombre del Grupo Parlamentario del PAN, la diputada María Verónica Agundis Estrada, aseguró que las compañías que ofrecen el servicio móvil siguen siendo bastante opacas en lo que se refiere al consumo de minutos y de datos, de ahí la importancia de estas acciones, en beneficio de los ciudadanos.
“Bien podríamos pedir a las empresas de telefonía móvil mejoren sus servicios y ofrezcan mayor claridad en sus cobros, pero lo que hoy nos toca es dar un paso importante para establecer en la legislación este instrumento para que el usuario, sin costo alguno, pueda fijar el límite máximo de consumos para evitar, por supuesto, el cobro adicional por usos excesivo de los servicios originalmente contratados”, señaló la diputada por el estado de Guanajuato.
De acuerdo con el último informe del Instituto Federal de Telecomunicaciones, agregó, las mayores quejas por parte de los usuarios se concentran en la telefonía móvil, por encima de las reclamaciones por mal servicio de Internet o de telefonía.
“Para quienes cuentan con un plan tarifario pospago –en el que no hay límites para el cobro–, ahí es, en donde verdaderamente se presentan los problemas y los reclamos a las compañías telefónicas”, señaló.
Entre los aspectos relevantes de la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión se encuentran:
1.-Indicar que en los servicios móviles de pospago se deberá fijar un límite o paquete contratado que no implique una erogación adicional para el usuario.
2.-Establecer que la PROFECO verificará cada 18 meses si existen condiciones que deban de tomar en cuenta los concesionarios o autorizados en los contratos de adhesión y, en su caso, establecerá lineamientos que deban de integrarse o modificarse en los contratos.
3.-Señalar que se determinará en los contratos de adhesión la información necesaria de manera clara y sencilla sobre cuáles son los estándares de calidad que el concesionario o autorizado se compromete a satisfacer y, de no cumplirse con ésta, el usuario podrá rescindir del contrato sin ninguna responsabilidad.
4.-Estipular que los usuarios no tendrán responsabilidad en caso que el proveedor modifique las condiciones originalmente contratadas.
5.-Determinar que los usuarios podrán obtener el desbloqueo de sus equipos de manera inmediata por medios electrónicos sin necesidad de acudir a los centros de atención.
6.-Referir que en los servicios de post-pago o forzoso, los saldos remanentes de los servicios de minutos, de Internet, mensajes de texto o los servicios contratados que no fueren consumidos en su totalidad, le sean reintegrados en el mes siguiente de su respectivo corte.
7.-Resaltar que se podrá hacer valida la póliza garantía del equipo directamente con la concesionaria con quien lo adquirieron.