GOLPE FULMINANTE A LA DEMOCRACIA CONSTITUCIONAL. Por Marcos Pérez Esquer
La semana pasada, en este mismo espacio, decíamos que de los diez principales aspectos que se abordan en la iniciativa presidencial de reforma al Poder Judicial -de los cuales dimos cuenta-, el verdaderamente importante es el que tiene que ver con someter los nombramientos del ministros, magistrados y jueces al voto popular.
Adelantábamos también que, implantar un procedimiento como ese para designar a los juzgadores sería un gravísimo error que no debemos pasar por alto.
La probabilidad, empero, de que este dislate se apruebe es altísima en un contexto en el que sus impulsores han logrado la mayoría calificada en la Cámara de Diputados, y están a dos escaños de alcanzarla también en el Senado.
Así, conviene insistir en advertir sobre los efectos nocivos que traerá esa reforma, y desvelar los falsos argumentos que se han esgrimido a su favor. Veamos:
1. No es una “democratización de la justicia”, todo lo contrario. Los cargos técnicos no se someten a voto popular. Esta es la gran diferencia entre cargos de representación popular, y cargos técnicos; los de representación popular, como los legisladores, los ediles y los titulares de ejecutivos estatales y federal, son cargos que representan al pueblo, y como el pueblo tiene el derecho de elegir a cualquiera de sus integrantes para que lo represente, no se pueden exigir requisitos tales como contar con determinado título profesional, por ejemplo. En cambio, los cargos técnicos, deben recaer en los perfiles técnicamente más solventes, en los especialistas, no en los populares. Nomás imagínese que mañana quieran elegir a los médicos del IMSS, por ejemplo, mediante voto popular; no sé quién en su sano juicio quisiera que su cirugía la hiciera el más popular de la colonia.
2. Las urnas parcializan. Los jueces hacen un trabajo técnico-jurídico muy especializado caracterizado también por su imparcialidad y su independencia. Elegirlos en las urnas, inevitablemente los llevará a representar los intereses parciales de quienes los hayan apoyado en sus campañas. Dependerán de esos apoyos. Perderán así, de un plumazo, su imparcialidad y su independencia. ¿Quién podría estar de acuerdo en que, un juicio en el que es parte, sea resuelto por un juez que llegó a ese puesto apoyado por la contraparte?
3. La judicatura tiene una naturaleza contramayoritaria. Los jueces jamás deberían parcializarse a favor del gobierno; la principal función de la justicia federal es la de proteger a los ciudadanos frente a los abusos del poder y de las mayorías.
4. El voto popular no garantiza decisiones correctas, ni pulcritud procedimental. De hecho, la DEA lanzó una advertencia que deberíamos tener en cuenta: la posibilidad de que el crimen organizado intervenga en los procesos, para colocar a juzgadores afines, como ya lo hace en muchas elecciones en México.
5. La experiencia boliviana ha sido desastrosa. Bolivia es el único país que elige a sus cortes nacionales mediante voto popular. Evo Morales hizo la reforma conducente y rápidamente logró cooptar por completo al Poder Judicial.
6. La experiencia local en Estados Unidos tampoco ha sido buena. Si bien a nivel federal usan un procedimiento similar al mexicano, es verdad que en muchos Estados se eligen jueces locales en las urnas; sin embargo, el estudio de Lawrence Friedman, prestigiado investigador de la historia del derecho estadounidense, de la Universidad de Stanford, demuestra que ese modelo ha sido negativo.
7. Es falso el argumento de que en el México decimonónico ya se eligía a los ministros por voto popular, en realidad siempre se siguió un procedimiento indirecto.
8. Se trata de una imposición antidemocrática. Es lo que Michelangelo Bovero denominó pleonocracia, es decir, la dictadura de la mayoría. En democracia, las minorías no deben ser aplastadas, y acá la decisión ya está tomada. La supuesta disposición a considerar a las distintas voces no es mas que una farsa; así lo evidenció el propio presidente cuando cuestionó a la UNAM por la opinión adversa que sus especialistas vertieron respecto de la reforma; se atrevió a espetar: “¿por qué se meten?”. Ahora resulta que los especialistas del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la máxima casa de estudios del país no pueden opinar respecto de una reforma importantísima al Poder Judicial. Es tanto como esperar que los médicos no “se metan” en una cirugía. Si ellos no pueden meterse, ¿quién puede?
9. Todo esto no es más que un capricho del presidente que antes de irse quiere vengarse del Poder Judicial que fungió como su contrapeso y garantizó el Estado de Derecho. Sheinbaum no debería complacerlo en esta delirante necedad.