Aprueba Senado reformas para simplificar disolución de empresas
Ciudad de México.- El Pleno del Senado de la República aprobó un dictamen de las comisiones unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos, que reforma la Ley General de Sociedades Mercantiles, para establecer un procedimiento simplificado que permita de una manera sencilla, rápida y gratuita la disolución y liquidación de empresas.
El dictamen se elaboró con base en la iniciativa presentada por el senador panista Héctor Larios Córdova el 28 de septiembre pasado, con el aval de los integrantes de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, de la cual es presidente.
Al fundamentar el dictamen en la sesión ordinaria de este martes, el legislador por Sonora señaló que estas modificaciones permitirán cerrar una empresa a costo cero.
Explicó que el 60 por ciento de los esfuerzos de emprendedores fracasan en los primeros cinco años, y liquidar la empresa representa un costo tres veces mayor al de crearla, además de inhibir la sociedad entre emprendedores.
El procedimiento aprobado para cerrar una empresa otorgará certeza jurídica a los accionistas y a terceros que tengan derechos u obligaciones para con la sociedad.
- De este modo, para aspirar a disolverse, las empresas solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos
- Que todos los socios sean personas físicas.
- Que no se encuentre en operaciones.
- Que no esté en concurso mercantil.
- Que no haya emitido facturas los últimos dos años.
- Que no tenga adeudos fiscales, laborales ni de seguridad social.
- Que no tenga deudas con terceros.
Si cumple estos requisitos, la empresa podrá entrar a un sencillo proceso de liquidación:
- Se pública en el portal de internet de la Secretaría Economía su composición accionaria.
- Se hace una asamblea, cuya acta tiene que ser suscrita por todos los socios y acuerda la disolución y entre los socios nombran al liquidador.
- Se publica en el portal de internet de la Secretaría Economía el acta, bajo protesta de decir verdad, que cumple los requisitos.
- Después de un plazo, la Secretaría Economía revisa electrónicamente que no tengan adeudos fiscales, que no tengan deudas al IMSS, que no tengan demandas laborales ni de ningún otro tipo.
- Se inscribe esa acta efectos a terceros en el Registro Público de Comercio.
Cuando termina todo este proceso, continuó, el liquidador, que es uno de los socios, reparte lo que haya quedado en caso de que exista, o simplemente clausura la sociedad, publica los estados financieros finales y la Secretaría de Economía ordena la cancelación del registro del folio en el Registro Público de Comercio.
Esta ley, dijo, se ha denominado “Ley de Reemprendimiento”, y busca que aquellos que han fracasado con una empresa, puedan cerrarla de manera sencilla y sin costo, para continuar emprendiendo en otros proyectos.
“Emprender es una aventura que pocos se atreven y son los que cambian la realidad económica de los países”, por lo que, insistió, es necesario simplificar el ecosistema emprendedor.