DESPRECIO POR LA LEY
Marcos Pérez Esquer.- El ya famoso Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el lunes pasado por el cual se declara que las obras de infraestructura del gobierno federal son de interés público y “seguridad nacional”, es una muestra más del enorme desprecio que el presidente de la República tiene por la ley.
Es un desprecio por la ley porque expresamente instruye a las dependencias de la administración pública a incumplir las leyes que exigen requisitos determinados para el otorgamiento de permisos y licencias para la realización de dichas obras. Esto es, aunque la ley disponga que para obtener tal o cual permiso es necesario cumplir con ciertos requisitos, en tratándose de obras del gobierno, no será necesario cumplirlos.
Increíblemente, para el gobierno los requisitos que establecen las leyes son innecesarios, no buscan salvaguardar el medio ambiente, los derechos humanos o la protección civil, sino estorbar, y por ende, se pueden soslayar.
Pero, además, utilizar el argumento de la seguridad nacional para brincarse la ley no es el único efecto que tendrá este Acuerdo. Otro muy importante es el de cubrir con un velo de opacidad toda la información relativa a dichas obras, ya que la ley de transparencia permite clasificar como reservada la información que pueda vulnerar la seguridad nacional. Pero, además, al tratarse de temas de seguridad nacional, en automático se abre la puerta a la corrupción, ya que tanto la ley de adquisiciones, como la ley de obra pública, contemplan la seguridad nacional como excepción para la licitación pública, permitiendo la adjudicación directa.
Por otro lado, el Acuerdo presidencial señala que las dependencias deberán otorgar las autorizaciones provisionales en no más de 5 días a partir de la solicitud, y que, en caso de no otorgarlas, se entenderá que han sido concedidas, es decir, aplicará la afirmativa ficta. Así mismo, estas autorizaciones provisionales tendrán una vigencia de un año, plazo en el cual se deberá obtener la autorización definitiva, conforme a las disposiciones aplicables. O sea, que al final, los ejecutores de obra sí deberán cumplir los requisitos, pero la pregunta que salta es ¿qué pasa si no cumplen? ¿qué haremos con esas obras ya construidas que no cumplan los requisitos de ley? ¿podrán operar, o no? Estaremos ante un hecho consumado e irreparable.
El Acuerdo entonces, deviene ostensiblemente inconstitucional, el presidente no puede dictar una orden para instruir a sus subordinados a incumplir las leyes; es exactamente contrario a lo que juró cuando tomó protesta y dijo “Protesto guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes que de ella emanen”.
Debe tenerse también en cuenta, que esta forma de actuación administrativa por la cual el presidente puede expedir disposiciones de observancia general, se funda en el artículo 89 constitucional, que, en su fracción primera, señala como facultad y obligación del Ejecutivo federal el “Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia.” Esta frase implica, por un lado, que el Ejecutivo debe ejecutar las leyes, no violarlas, de hecho, por eso mismo se llama “Ejecutivo”, y por otro lado, en su última parte, ese precepto significa que el presidente puede emitir reglamentos, decretos, lineamientos, circulares, normas técnicas, acuerdos, o como se les quiera denominar, pero siempre, para proveer a la exacta observancia de las leyes, es decir, para garantizar que las leyes se apliquen con total puntualidad y precisión. Con este Acuerdo hace todo lo contrario, ordena no cumplir las leyes administrativas en materia de autorizaciones (sean permisos o licencias). Es el desprecio absoluto por la ley, y por lo que juró defender; lo que hace con este Acuerdo es proveer en la esfera administrativa a la exacta “inobservancia” de las leyes. No es novedad en él, ya antes, recordemos, había emitido un “memorándum” instruyendo la no aplicación de las leyes educativas, y en muchas otras ocasiones ha dado cuenta de su menosprecio por las leyes y las instituciones.
Espero que los medios de control constitucional que se interpongan contra este Acuerdo, como el que ha anunciado el INAI, y los que se presenten contra las autorizaciones específicas que a partir del mismo se emitan, tengan la eficacia que permita proteger la legalidad, y nuestros derechos.
Al final del día no puede sino alarmarnos el hecho de que al presidente le estorbe tanto la Constitución, y que le incomoden tanto la legalidad y el estado de derecho. Así comienzan los autoritarismos.