EL ROL DEL JUZGADOR EN EL PENSAMIENTO HUMANISTA INTEGRAL Por René Mondragón

¿Cuáles son los riesgos de elegir juzgadores desde una tómbola? ¿Se trata de un plan totalitarista para eliminar cualquier poder que vaya en contra del centralismo que propone el populismo del segundo piso? ¿Todo se reduce al capricho y las pelotas de la mafia morena en el poder?
ALGUNOS HORIZONTES
Al escribano le parece que el tema va mucho más lejos de lo que la propaganda del oficialismo deja en el aire, porque se ponen en juego muchos considerandos de fondo y forma. Uno de ellos es el concepto de Estado de Derecho y Respeto a la Legalidad.
En efecto, somete a un debate irrelevante el principio de gobierno que establece que tanto las personas como las organizaciones deben cumplir con las leyes. Y este marco jurídico es importante, porque impulsa un orden social justo, solidario y fraterno que abre el camino al establecimiento de una convivencia en paz.
En una primera precisión, es importante subrayar que el individuo –y más apropiadamente, la persona humana- tiene derechos innatos que aparecen aun antes de la existencia del Estado; y, en consecuencia, esos derechos son perennes e inviolables, y por tanto, es el Estado quien los debe custodiar y proteger.
Y en un aspecto paralelo, es necesario puntualizar que, para que exista un orden social justo, fraterno, más humano y que humanice, resulta indispensable que ese orden tenga como soporte y plataforma de despegue, el respeto absoluto a la dignidad de la persona y de todas las personas; que la fuerza de concentración se ubique en la primacía del bien común, en la acción solidaria de encontrar el “propio yo” en el otro.
Por lo mismo, van de la mano, las políticas públicas y las acciones de gobierno que instrumentan con eficacia la subsidiaridad como elemento base de la participación ciudadana, para dar fondo y forma a una saludable cultura de vida y calidad de la misma, con el encuadre de leyes morales y principios éticos.
EN CONSECUENCIA
El juzgador, por elemental exigencia deontológica de su labor, asume la metodología de Ver, Juzgar, Actuar y Dictaminar.
De inicio, es la toma de conciencia de la realidad, partiendo de hechos concretos, sin caer en la trampa de las suposiciones o abstracciones ideológicas. Su mirada es amplia, profunda y global.
Al juzgar llega el momento de analizar los hechos a la luz del derecho natural y la norma positiva, considerando presupuestos teoréticos. Esto implica conocimiento más profundo del marco jurídico-normativo. Así, el juzgador se abstrae evitando que su proceso de reflexión se quede en lo abstracto y etéreo; en decisiones voluntaristas o condicionadas por un modelo ideológico.
Llega el momento de evaluar para el juzgador; condición que enriquece y perfecciona su visión de la realidad al tiempo de sugerir acciones subsecuentes.
CONCLUSIONES PRELIMINARES
Nada de esto es viable, si el juzgador depende de caprichos y ocurrencias del Poder Legislativo o el Ejecutivo, porque entonces, traiciona lo más intenso y profundo del espíritu republicano expresado en la división de poderes.
No es viable realizar su función como juzgador, en particular, si su encargo en el Poder Judicial obedece a las pelotas de otro poder, por encima de una valoración exhaustiva de su conocimiento, experiencia profesional y probidad.
Es poco probable apostar por su imparcialidad y criterio jurídico, cuando su encargo fue resultado de las cantidades de dinero invertidos en promocionar su candidatura o derivado de sus “conexiones” y “recomendaciones” obtenidas por afinidades ideológicas con el oficialismo y los grupos de poder fácticos o no.
¿Cómo pensar en un Tribunal de Alzada –superior al nivel del juzgador sorteado- si el Colegiado que revisará sus sentencias interlocutorias o de fondo, están en manos de las pelotas de alguien que llegó de la misma manera?
¿FARSA ELECTORAL?
Es muy probable que pueda ser calificada de esta manera la elección de jueces y magistrados, a pesar del alud de promocionales invitando a votar en junio 2025. Por lo menos, desaseada, manoseada, manipulada, llena de opacidad, con desorden a plenitud, costosísima y sin garantías de éxito, a pesar de lo que diga el muy limitado senador Fernández Noroña.
¿Cómo entonces entender y comprender el tema? Tomado del Discurso a la Asociación Nacional Italiana de Magistrados, pronunciado por el Papa el viernes 31 de marzo (1) vale el esfuerzo recoger algunos elementos sustantivos:
- Ser juzgador es considerada una alta función de las que se encuentra investida una persona.
2.- Es una responsabilidad que interpela y compromete con el cumplimiento de esa maravillosa encomienda, misma que no puede sustraerse a la inspiración de los valores superiores universales.
- Es también, una vocación libremente aceptada por el investido y puesta al servicio de la justicia y de la paz en medio de un marco ético-jurídico que siempre puede mejorar.
- No puede dejarse de lado, el contexto de la vocación del juzgador, pues como certeramente califica el Papa, es arduo el camino de la civilización jurídica, a causa de las lentitudes culturales y, sobre todo, a causa de las resistencias morales vinculadas al pecado del hombre, de las que brotan insidias que pueden turbar las reglas y desestabilizar la paz.
- Las tentaciones son diversas. Se respaldan en las iniciativas de personas y grupos organizados que, sin contentarse con transgredir la ley, atentando contra la vida y los bienes de los demás, tratan también de modificar el ordenamiento en función de sus propios intereses, por encima de los principios éticos y de la consideración del bien común.
Es grave lo que se avecina.