Impostergable ley de consulta indígena en el Edomex: Raymundo Garza Vilchis
El diputado panista afirmó que no existe una reglamentación que establezca la existencia de procedimientos idóneos y eficaces que hagan factible la participación de las comunidades indígenas en la toma de decisiones administrativas y legislativas.
TOLUCA, Méx.- Con el fin de regular el derecho humano que poseen los pueblos y comunidades indígenas de ser consultados en los actos legislativos y administrativos que les afecten, el diputado Raymundo Garza Vilchis presentó iniciativa para crear la Ley de Consulta Indígena del Estado de México y Municipios.
A nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (GPPAN), el legislador argumentó que los pueblos originarios tienen como premisa fundamental el derecho y la capacidad para decidir con libertad, previa y debidamente informados, sobre asuntos de carácter privado o público y de interés comunitario, social y comunal, para conseguir su desarrollo económico, humano, político, social y cultural.
Detalló que el derecho de consulta que tienen los pueblos y comunidades indígenas en todos los temas que les afecten, están contemplados en normas internacionales como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes.
En el caso de los ordenamientos locales, son el Código Administrativo del Estado de México, Código para la Biodiversidad del Estado de México o el Código Financiero del Estado de México; “pero si bien sus derechos se contemplan en estas normas, no existe una reglamentación que establezca la existencia de procedimientos idóneos y eficaces que hagan factible su participación con base en su identidad diferenciada, en la toma de decisiones administrativas y legislativas”.
Durante su ponencia en la tribuna parlamentaria mexiquense, Garza Vilchis resaltó que en la iniciativa de ley se incorporan los principios para que una consulta a una comunidad o pueblo indígena sea válida y cumpla con los estándares internacionales.
Asimismo, se establece que la consulta debe ser endógena, libre, pacífica, informada, democrática, equitativa, socialmente responsable, auto gestionada, de buena fe y transparente”.
La Ley de Consulta Indígena también contempla que las autoridades obligadas a realizar la consulta indígena son los Poderes Ejecutivo y Legislativo, los municipios y las instituciones, dependencias, entidades u organismos de éstos.
“Cualquier procedimiento de consulta se debe acordar previamente, ser en español y en la lengua o lenguas que hablen los pueblos o comunidades participantes, y no deberá identificarse con organización o partidos políticos”.
La Ley prevé que las convocatorias a la consulta se difundan por escrito y a través de los medios tradicionales usados por el pueblo o comunidad indígena; también debe anunciar la posibilidad de que los participantes de la misma acrediten su servicio social, y que la instrumentación operativa de las consultas esté a cargo de una Comisión Operativa designado por la autoridad, institución u organismo responsable de la consulta.
Finalmente, Raymundo Garza Vilchis dijo que la propuesta de Ley de Consulta Indígena del Estado de México y Municipios puede ser consultada por los pueblos y comunidades indígenas, organizaciones de la sociedad civil e instituciones académicas con el fin de que se enriquezca con las propuestas que puedan plantear.
La propuesta de Ley fue turnada a las Comisiones Legislativas de Gobernación y Puntos Constitucionales, y Asuntos Indígenas para su respectivo análisis y estudio.