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LA REFORMA JUDICIAL ATENTA CONTRA EL PACTO FEDERAL

Marcos Pérez Esquer.- La reforma judicial que está por aprobarse en estos días contempla aspectos que atentan contra el pacto federal. Me explico:

A inicios de año, el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar, hizo una propuesta de reformas en materia de justicia, que el presidente López Obrador hizo suya y presentó como iniciativa al Senado de la República.

La propuesta original de Zaldívar contempla tanto reformas constitucionales como legales, sin embargo, por razones obvias, el Presidente de la República sólo envió la parte constitucional, en la idea de que, una vez aprobada, presentará la parte de las reformas legales (no podría ser de otra manera).

Ahora bien. La mencionada propuesta se circunscribe a aspectos muy concretos que pretenden mejorar la administración de justicia, pero sin meterse con la parte de la procuración, es decir, con el trabajo que realiza la Fiscalía, y mucho menos con la parte de prevención, es decir, la que lleva la policía. En ese sentido, la iniciativa es bastante restringida, sería deseable ampliarla mucho más, pero aún con esas limitaciones -sin bien contiene puntos positivos-, reviste algunos aspectos sumamente preocupantes.

Uno de ellos es el hecho de que se modifica el artículo 105 constitucional, en su fracción primera, para establecer que las controversias constitucionales sólo proceden cuando las disputas entre los órganos del Estado versen sobre la constitucionalidad de las normas generales o actos de alguno de ellos que vulnere al otro, y se agrega un último párrafo, para especificar que dichas vulneraciones deben implicar violaciones “directas” a la Constitución o a los derechos humanos.

En ese sentido, la iniciativa está acabando con la posibilidad de utilizar la figura de la controversia constitucional como la vía para defender a un Estado o a un Municipio por ejemplo, frente a violaciones “indirectas” a la Constitución por parte de la Federación. Es decir, cuando la Federación conculque competencias de otros órdenes de gobierno dispuestas a nivel de ley, por ejemplo en la Ley de Coordinación Fiscal, o en las leyes generales, ya no contarán con esa vía judicial para impugnar, ya que en este caso, se trata de violaciones de legalidad, lo que constituye una violación “indirecta” a la Constitución, al vulnerar los artículos 14 y 16, pero no una violación “directa”, como ahora se exigiría.

En resumen, la propuesta arrebata a las entidades federativas y los municipios, la principal herramienta de combate legal de que disponen para hacer valer sus competencias cuando la Federación las invade. Solo para poner un ejemplo: con esta reforma, el Gobernador de Aguascalientes no podría usar la controversia -como pretende- para defender a su Estado por la eliminación de los 109 fideicomisos.

Por otra parte, la propuesta también dispone eliminar el llamado “amparo soberanía”. Esta figura está contemplada en las fracciones II y III del artículo 103 constitucional -las cuales se derogarían- para que los Estados o la Federación puedan acudir al juicio de amparo para dirimir disputas por invasiones mutuas de esferas de competencia.

Se dice que es una figura obsoleta que ha caído en desuso, y eso es verdad, pero ha caído en desuso precisamente porque se cuenta con la controversia constitucional, de tal suerte que, si restringen el uso de la controversia constitucional sólo a violaciones directas a la Constitución, y al mismo tiempo eliminan el amparo soberanía, estarán dejando sin vía alguna a Estados y Municipios para defenderse de muchos abusos por parte de la Federación.

Además de lo anterior, la propuesta de reforma judicial contempla otros puntos preocupantes que al parecer no se han reflexionado suficientemente, por ejemplo, el hecho de que se disponga que el Consejo de la Judicatura podría designar jueces para conocer asuntos específicos de violaciones graves a los derechos humanos. Evidentemente, el hecho de que se nombre a un juez o tribunal específico para atender un determinado asunto, viola la independencia judicial, se trataría de jueces de consigna. Los asuntos deben ser atendidos por los tribunales de manera aleatoria (por turnos) y no a modo.

En fin, lo que sería muy lamentable, es que el Senado aprobara despojar a Estados y Municipios de vías judiciales que hoy son eficientes para defender su soberanía y autonomía, respectivamente. Sería lamentable sobre todo, considerando que el Senado es justamente el órgano garante del pacto federal. No se entendería que sea precisamente ese órgano el que apruebe retirarle al pacto federal vía judiciales para su propia defensa.