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Plantea Ruffo considerar como delito afiliaciones masivas en partidos políticos y manipulación indebida de padrones internos

Ciudad de México.- El diputado Ernesto Ruffo Appel, propuso ante el pleno adicionar el artículo 13 de la Ley General en materia de delitos electorales, con el fin de castigar con multa de 60 a 200 días de prisión de 3 a 7 años a quien realice, promueva, autorice, gestiones o participe en actos de afiliación masiva, colectiva o corporativa de ciudadanos en los partidos políticos o manipule indebidamente sus padrones de afiliados.

“Lo anterior, por el aprovechamiento abusivo de las estructuras de afiliados, controlados por las dirigencias partidistas con el propósito antidemocrático de incidir o influir en la toma de decisiones en asambleas de partido, selección de candidaturas a cargos de elección popular, elección de cargos directivos, e inclusive disposición de recursos públicos de prerrogativas y de acceso a radio y televisión en forma discrecional”, señalo.

Aseguró que aún persiste en el sistema de partidos prácticas nocivas e indeseables, tendientes al uso y manejo ilícito de la información contenida en los padrones de los partidos políticos, siendo el registro de afiliaciones masivas o comparativas una de las modalidades más despreciables.

El diputado por Baja California destaca que, al adquirir la calidad de norma penal, el combate al delito de afiliación colectiva o masiva de ciudadanos asumirá un rol de mayor protección a la democracia interna de los partidos políticos, dado que actualmente esta práctica indebida constituye únicamente una infracción menor en el derecho electoral, que solo puede acreditarse para organizaciones de ciudadanos que aspiran a convertirse en partido político, organizaciones sindicales, laborales o patronales.

“Nuestra intención consiste en crear un nuevo delito electoral apoyado en el artículo 41 constitucional, que prohíbe la intervención de organizaciones gremiales o con objeto social diferente en la creación de partidos y cualquier forma de afiliación corporativa”, añadió el legislador.

Apuntó que, con ello se asume con mayor prioridad la protección al régimen jurídico de los padrones de afiliados a los partidos políticos que conforme a la Ley General de los Partidos Políticos tiene carácter público y se somete a la supervisión de sus datos por conducto del Instituto Nacional Electoral.

“Queda claro que con voluntad política pueden erradicarse malas prácticas electorales, propias del viejo régimen político que atentan contra la democracia interna de los partidos, manipulando los padrones de sus afiliados y los datos personales de cada militante, los cuales deben salvaguardarse por razones de seguridad”, finalizó.