Vuelve a tropezar Sheinbaum: plan general de desarrollo CDMX lo hace el instituto de planeación, no la 4T
Ciudad de México a, 03 de octubre 2020.- La propuesta de Plan General de Desarrollo que entregó el secretario Alfonso Suárez del Real, al Congreso local, es contrario a lo dispuesto por la Constitución CDMX, que señala que “el Plan General de Desarrollo de la Ciudad será elaborado por el Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva”, de acuerdo al artículo 15, Apartado B, numeral 3.
Para mayor claridad del contenido del texto constitucional, se expone que el Plan General de Desarrollo de la Ciudad “será formulado por el Instituto, conforme a lo dispuesto por esta Ley, quien lo remitirá a la persona titular de la Jefatura de Gobierno”.
De acuerdo al diputado Federico Döring, de las disposiciones referidas, ni siquiera hay lugar a la interpretación, sino que corresponde al Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva (que aún no se conforma), y no al GCDMX, la elaboración de la propuesta del Plan General del Desarrollo de la Ciudad.
Una vez elaborada la propuesta –de acuerdo con el propio artículo 43 de la ley– el Instituto la remitiría a la Jefa de Gobierno para su difusión y consulta ciudadana; luego, las propuestas ciudadanas se remiten al Instituto para su incorporación, y éste, envía a la Jefa de Gobierno la propuesta actualizada, sólo para el efecto de su remisión al Congreso.
“En suma, son el Instituto de Planeación y la ciudadanía quienes tienen atribuciones relativas a la elaboración del Plan General de Desarrollo, y al Gobierno de la Ciudad sólo le corresponde organizar las consultas ciudadanas y remitir el Plan –elaborado por el Instituto, con las propuestas ciudadanas– al Congreso”.
El presidente de la Comisión de Planeación del Desarrollo dijo que no es la primera vez que la Jefa de Gobierno comete actos contrarios a la Constitución CDMX, relativos a los instrumentos de planeación.
Recordó que en abril de 2019, la Jefa de Gobierno informó de su Programa de Gobierno 2019 – 2024; pero la Constitución de la CDMX señala en su artículo décimo quinto transitorio se debió elaborar solamente un programa provisional cuya vigencia sería sólo hasta 2020.
Este viernes, la Jefa de Gobierno dijo que, si bien la Constitución señala que corresponde al Instituto de Planeación elaborar el Plan General, también dice que éste debe entrar el vigor el primero de octubre, y no querían estar en falta.
Al respecto, Döring consideró que se trata de un mal pretexto, pues Sheinbaum cuenta con la facultad constitucional de presentar iniciativas, y su partido cuenta mayoría en Congreso de la Ciudad, por lo que pudieron haber presentado una iniciativa para modificar la entrada en vigor del Plan General, así como modificaron la Ley de Participación Ciudadana y el Presupuesto de Egresos 2020, para quitarle a los capitalinos el derecho de ejercer estos recursos para sus colonias; o la Ley de Austeridad para que la Jefa de Gobierno pueda modificar, a su arbitrio y sin consultar al Congreso, de todo el presupuesto de la Administración Pública local (la “Ley Sheinbaum”).