¿Y PARA QUÉ SIRVE LA LEY? Por Esther Quintana
Cuando el hombre entendió que abandonar la ley del más fuerte o la del Talión, para resolver sus diferencias, y someterse a la del Derecho, las cosas cambiaron significativamente. Empezó la era de la civilidad. Y me queda claro, que no ha sido suficiente, ahí está la historia que narra hechos terribles en los que la barbarie sigue ganando batallas. Pero al final del día, la normatividad jurídica nos ha permitido transitar mejor como sociedad. El problema, no obstante, es que hay individuos que llegados al poder, pierden piso, para decirlo de manera educada, y deciden que ellos están por encima de la ley, y que por el poder que tienen atrás, como decía Fulgor Sedano, uno de los personajes de la novela Pedro Páramo de don Juan Rulfo, la pueden cambiar a como se les venga en gana, es decir, conforme a sus intereses, vía el rebaño de su pertenencia que cobran como legisladores. Y también intervienen en todo, aunque no sea de su competencia, per se o por interpósitas personas. Su hambre de poder es insaciable, sus complejos de inferioridad se manifiestan en la arrogancia y la soberbia que despliegan al ejercerlo. Y le desgracian la vida al país que tiene el infortunio de cargar con sus demonios.
En 1977 se establecieron en la Constitución de nuestro país las diputaciones de legisladores plurinominales. Se crearon con la finalidad de que también las minorías tuvieran representación en el Congreso. La Cámara de Diputados se conforma por 500 legisladores, 300 de ellos son electos por el voto directo – diputados de mayoría – y 200 se asignan por el sistema de representación proporcional, comúnmente llamados plurinominales. La asignación se realiza de acuerdo con la votación nacional emitida que obtiene cada partido político. El país, para efecto del otorgamiento de diputados plurinominales, se divide en 5 circunscripciones. Cada partido político registra 40 fórmulas –propietario y suplente, alternados mujeres y varones- por circunscripción. Es relevante subrayar que para obtener el registro de sus listas regionales, deben acreditar que participan con candidatos a diputados de mayoría relativa en por lo menos doscientos distritos uninominales y para que se les atribuyan deben obtener por lo menos también, el tres por ciento del total de la votación válida emitida.
Las diputaciones de representación proporcional son esenciales para el fortalecimiento de un régimen democrático, sin ellas, la hegemonía de un partido mayoritario legisla a favor de sus intereses, sin considerar que existen otras visiones que tienen derecho a ser escuchadas e incluidas en el ejercicio de tareas sustantivas, como son legislar, aprobar cómo se debe distribuir el gasto público, revisar si el destino del mismo se realizó conforme a lo aprobado. En las dictaduras esto no tiene la menor importancia, pero México es una república democrática, federal y representativa. Así se establece expresamente en nuestra Carta Magna. Nuestros derechos como mexicanos son exactamente los mismos, al margen de nuestras preferencias electorales. ¿Por qué eso no tiene importancia en la mente de muchos de los que acceden a un cargo de elección popular, como es el caso de los legisladores? ¿Por qué no se privilegia el bien común, en lugar de la conveniencia partidista? ¿Por qué no se piensa como mexicano, como nacional, como simple mortal, cuando se ocupa una curul? Los puestos públicos son temporales y pagados con el dinero de los contribuyentes. Ni los gobiernos, ni los partidos políticos tienen billetes. El sostenimiento de ambos sale de los bolsillos de la población. ¿Cuándo vamos a entender esto TAN SIMPLE, los mexicanos? Por eso, por nuestra actitud pasiva, cualquier gandul se siente con poder para sacar de madre al país. Ya pongámosle remedio.
En el artículo 54 de nuestra Constitución, fracción V, se establece expresamente que en ningún caso, “…un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida. Esta base no se aplicará al partido político que, por sus triunfos en distritos uninominales, obtenga un porcentaje de curules del total de la Cámara, superior a la suma del porcentaje de su votación nacional emitida más el ocho por ciento”. La circunstancia, como lo ha expresado Luís Carlos Ugalde, de que por el hecho de que Morena y sus aliados hayan obtenido mayoría en los comicios, no les da derecho a pretender el 74 por ciento de los diputados. Lo que “argumenta” ese partido es que la disposición jurídica habla de partidos políticos no de alianzas. Si el INE lo admite, las impugnaciones por la sobrerrepresentación van a llegar a la autoridad jurisdiccional. ¿Y qué cree? Que el tribunal que va a resolver, al que le faltaba un integrante, lo “completaron” con base en criterios que no corresponden, que violentan, como apunta el Lic. Juan Antonio García Villa, el “espíritu y la letra de la Constitución”. Y finalmente, con respecto a la reforma al poder judicial – que es aberrante – , he estado pensando que quizá lo que debiera hacer la oposición, llegado el momento de votarla, abandonaran el recinto de San Lázaro, y que corra por cuenta exclusiva de los representantes del presidente, que no de los mexicanos, la estocada de muerte a la división de poderes en México. Y ojalá que se les atore en el Senado. Bueno, eso depende en mucho de que no haya “compraventa” de voluntades, o “vulnerables” por su cola larga. Así las cosas.